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Las aceitunas son siempre tuyas, a menos que seas de España.

Las aceitunas son siempre tuyas, a menos que seas de España.

La columna de hoy se adentra en la maleza del derecho comercial, así que tenga cuidado (disculpas por uno de los peores juegos de palabras jamás escritos, ¡pero era demasiado bueno para dejarlo pasar)! Estados Unidos perdió otro caso en la Organización Mundial del Comercio la semana pasada y, como en algunos casos anteriores, el resultado podría tener efectos duraderos en el derecho comercial estadounidense y en la relación de Estados Unidos con la OMC… o no (aún está por verse). . Esta vez la cuestión no era la seguridad nacional, sino la aceituna española. No me sorprendería que alguien intentara hacer de esto una cuestión de seguridad nacional, pero es difícil que eso gane. Aunque son deliciosos, nuestro ejército no depende de las aceitunas ni del aceite de oliva (que de todos modos no formaba parte del caso).

Este fue un caso de cumplimiento. Estados Unidos Perdió el caso inicial en diciembre de 2021.Hay que reconocer que indicó que acataría esto en lugar de apelar. Un acuerdo con los denunciantes de la UE dio a Estados Unidos hasta enero de 2023 para hacerlo. En ese momento Estados Unidos anunció que lo había hecho, pero la Unión Europea dijo que nuestras medidas no eran suficientes. Esto llevó a que se formara otro comité para determinar quién tenía razón. El fallo emitido la semana pasada sobre este tema fue a favor de la Unión Europea. Al momento de escribir este artículo, Estados Unidos no ha anunciado qué hará esta vez.

Este caso es importante porque tanto el Panel Preliminar como el Panel de Cumplimiento concluyeron que una disposición de la ley estadounidense era inconsistente con nuestras obligaciones para con la Organización Mundial del Comercio. La sentencia en cuestión es Sección 771B de la Ley Arancelaria de 1930, conocida como ley de Smoot-Hawley. Especifica cuándo se puede considerar que la ayuda a un producto agrícola primario, en este caso las aceitunas crudas, se ha repercutido al transformador final del producto, en este caso las aceitunas maduras. el Los estados gobernantes siguiente:

“En el caso de un producto agrícola procesado a partir de un producto agrícola crudo donde: (1) la demanda del producto de la etapa anterior depende en gran medida de la demanda del producto de la última etapa, y (2) el procesamiento agrega sólo un valor limitado en relación con del producto básico, las subvenciones compensatorias concedidas se conceden a los productores o fabricantes del producto y se introducen en relación con la fabricación, producción o exportación del producto elaborado.

Esta disposición se ha añadido a Ley de Comercio Integral de 1987 Por el senador Max Baucus (D-MT) Para abordar la importación de carne de cerdo canadiense producida a partir de cerdos canadienses subsidiados. En aquella época nadie pensaba en las aceitunas. Los órganos de la OMC concluyeron, entre otras cosas, que esta disposición entraba en conflicto con partes del art. El Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio Y el Acuerdo sobre Subvenciones y Medidas Compensatorias Porque requiere que el Departamento de Comercio transfiera el subsidio al productor intermedio si se cumplen los dos criterios especificados en la resolución y no brinda discreción para tomar en cuenta otros factores. El Departamento de Comercio argumentó ante el Comité de Cumplimiento que después de una revisión adicional tras el informe inicial del Comité, se habían tenido en cuenta otros factores, pero el Comité no quedó convencido.

Las transferencias de soporte son un tema importante. Si las autoridades administradoras no pueden tomar en cuenta los subsidios al considerar los precios de las importaciones finales, el importador puede esencialmente escapar al castigo y los países pueden estructurar sus programas agrícolas para aprovechar esta laguna jurídica. Al mismo tiempo, las normas de la OMC ofrecen cierta flexibilidad. No especifica una metodología específica a seguir para calcular la subvención y otorga a los gobiernos discrecionalidad para determinar cómo hacerlo. En el caso de Zaytoun, se trataba del alcance de la discrecionalidad permitida por la legislación estadounidense, y las agencias concluyeron que no era suficiente para tener en cuenta otros factores que pudieran mitigar el impacto del subsidio. Recuerde que estas leyes y normas no pretenden ser punitivas. El arancel permitido debe igualar el monto del subsidio o dumping y no excederlo. Por lo tanto, calcular correctamente el monto de la manutención es muy importante.

Perder estos casos crea un dilema para Estados Unidos. La conclusión de que la ley estadounidense es incompatible con sus obligaciones en virtud de la OMC implica que la única solución aceptable es cambiar la ley. Ésta era la posición de la UE, pero la comisión, como de costumbre, no fue tan específica y sólo recomendó que Estados Unidos alineara sus prácticas con sus obligaciones. Por supuesto, aquellos de ustedes que son expertos en comercio saben lo difícil que es lograr que el Congreso apruebe un proyecto de ley comercial incluso en las mejores circunstancias, y ciertamente no tenemos leyes de ese tipo ahora. Así que Estados Unidos se enfrenta una vez más a una elección desagradable: o hacer un esfuerzo probablemente infructuoso para cambiar la ley comercial estadounidense, lo que también significa admitir que nos equivocamos cuando nadie de nuestro lado quería hacerlo, o socavar el comercio estadounidense. la Organización Mundial del Comercio y poner en peligro nuestras relaciones económicas con la Unión Europea al rechazar una vez más la decisión del Comité.

La cuestión más importante es si respetaremos la Organización Mundial del Comercio. En ese sentido, nuestro historial es mixto, y el historial de esta administración en particular ha sido terrible. Lamentablemente, gracias a nuestras acciones en las administraciones de Obama y Trump, existe la posibilidad de apelar la decisión ante el Órgano de Apelación que no funciona. Esto evita una pérdida final, pero esta táctica está empezando a extenderse, a medida que más países perdedores hacen lo mismo. El resultado es un debilitamiento de la Organización Mundial del Comercio, lo que nos perjudica a largo plazo. Si Estados Unidos apela el caso Olive, el USTR puede dar un suspiro de alivio al saber que está fuera de peligro, pero pronto nos enojaremos porque cuando ganemos el caso y la otra parte apele, no obtendremos nada. satisfacción. Estados Unidos puede enviar una señal importante al no apelar y enfrentarse al Congreso, pero lo más importante que puede hacer es llevar a la OMC a un nuevo sistema de resolución de disputas que impida este tipo de manipulación.

William Rensch ocupa la Cátedra Scholl de Negocios Internacionales en el Centro de Estudios Estratégicos e Internacionales de Washington, DC