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¿Cuánto dinero podemos transferirnos en España?  La cantidad la determina la ley.

¿Cuánto dinero podemos transferirnos en España? La cantidad la determina la ley.

Muchas personas desconocen las restricciones legales o cómo aplicarlas/ pulsera

En 2010 se fijó un límite para prevenir el blanqueo de capitales y la financiación del terrorismo, pero también existen otros límites a las transacciones en efectivo en algunos casos. Muchas personas no están familiarizadas con las restricciones legales o cómo aplicarlas.

Aunque la pandemia de coronavirus ha visto un aumento en el uso de tarjetas de crédito o débito, muchas personas todavía quieren usar efectivo para sus pagos. Una encuesta nacional publicada en julio pasado mostró que el 35 por ciento de las personas dijeron que pagaron en efectivo en 2020, una fuerte disminución con respecto a casi el 80 por ciento en 2014. Sin embargo, se debe tener en cuenta que la mayoría de las personas que usan efectivo en lugar de tarjetas tienen más de 64 años o más. entre 18 y 24 años.

Muchas personas no tienen idea de que existen límites legales en España a la cantidad de dinero que pueden pagar. Entró en vigor la Ley 10/2020, de 28 de abril, para la prevención del blanqueo de capitales y la financiación del terrorismo, y fijó un máximo de 100.000 euros en España. A la entrada o salida del país no se pueden llevar más de 10.000 euros en efectivo.

empresarios

Pero hay más que eso. Desde el 11 de julio de 2021, existe un límite de 1.000 € (o su equivalente en moneda extranjera) para transacciones en efectivo si alguna de las partes intervinientes actúa como empresario o profesional. La cantidad es de 10.000 € si la persona física acredita que no tiene su domicilio fiscal en España y no actúa como empresario o profesional. La idea es que las transacciones de este tipo se hagan por transferencia bancaria o tarjeta, para que puedan ser rastreadas.

La limitación se aplica al monto total de la factura; Por ejemplo, si la factura es de 1500 euros, entonces no se pueden pagar 500 euros en efectivo y el resto de otra forma. Evidentemente, esto no se aplica a los pagos realizados en entidades de crédito o de pago o en casas de cambio.

Respecto de los cheques emitidos al «portador», o cualquier otro medio de pago si no se identifican los intervinientes en la operación, el Banco de España trata estos cheques como si fueran efectivo. También aconseja a las personas que realicen transacciones más allá del límite de efectivo que mantengan pruebas de cómo se pagarán durante cinco años, en caso de que se les requiera hacerlo.

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